En caso de accidente tu primera obligación es garantizar las actividades de primeros auxilios para salvaguardar al accidentado en espera de que lleguen los socorros externos.
Tendrás que responder luego de tus obligaciones con la autoridad aseguradora, el INAIL, el Instituto Nacional de Seguros contra los Accidentes de Trabajo.
Tendrás que declarar al INAIL y a la autoridad pública del territorio en el que se ha producido el suceso cualquier accidente que implique un pronóstico superior a los 3 días, sin contar con el día en que se ha producido dicho suceso.
Podrás elegir entre enviar la declaración rellenando un impreso que entregar a mano o enviar por correo certificado, o rellenar un formulario on-line.
En caso de accidente mortal o en los casos en que el trabajador esté en peligro de vida, deberás señalar el suceso como máximo en 24 horas.
Cualquier suceso que haya provocado la ausencia del trabajo de al menos un día, excluido el del suceso mismo, deberá luego ser consignado en un registro específico.
Antes de su uso, el registro deberá ser visado por la USL competente para el territorio. Deberá guardarse en el lugar de trabajo por al menos 4 años desde la última anotación, y estar siempre a disposición de los órganos supervisores.