La sociedad de responsabilidad limitada simplificada

Junto a la sociedad de responsabilidad limitada con capital reducido, desde 2012 se ha añadido una nueva forma de empresa: la sociedad de responsabilidad limitada simplificada (SSRL).

Esta nueva forma está prevista por el artículo 2463 bis del Código Civil, que puede consultarse en el enlace: www.altalex.com/index.php?idnot=37058.

Respecto a una SRL tradicional, los socios no pueden haber cumplido 35 años en el momento de su constitución.

Como en el caso de la SRL tradicional, tu sociedad debe ser constituida con un acto escrito y registrado por un notario. La responsabilidad de los socios sigue siendo limitada a la cuota aportada a la sociedad, y los mismos socios de una SSRL deben ser siempre personas físicas, no otras sociedades.

Como para la sociedad de responsabilidad limitada con capital reducido (SRLCR), una ventaja importante es que puedes aportar solamente 1 euro de capital para su constitución.

Pero al mismo tiempo los bancos pueden requerir considerables garantías antes de conceder un préstamo. Ello, en consideración del hecho de que la sociedad puede ser creada incluso con un capital inicial muy bajo.

 

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