Turismo, novedades para contratos de trabajo ocasionales

Stabilimento balneare

En el sector del turismo y de los balnearios están en vigor nuevas normas relativas al contrato de trabajo ocasional, introducidas por el Decreto-Ley 48/2023, convertido, con modificaciones, en la Ley 85/2023.

En particular, se han modificado los límites económicos de utilización y los niveles de empleo más allá de los cuales no se puede utilizar el contrato de trabajo ocasional, para los usuarios que operan en los siguientes sectores

  • congresos;
  • ferias;
  • eventos;
  • balnearios;
  • parques de atracciones.

Los cambios se explican detalladamente en la Circular nº 75 del Inps, de 3 de agosto de 2023. Estos son los principales cambios introducidos por la legislación

 

a partir del 5 de mayo de 2023, las empresas con hasta 25 trabajadores fijos pueden acceder al contrato de trabajo ocasional;

a partir del 1 de enero de 2023, las empresas usuarias podrán abonar una indemnización de hasta 15.000 euros a todos los prestadores;

a partir del 9 de agosto de 2023, el servicio en línea Contrato de Trabajo Ocasional, que permite el registro y la comunicación de datos relativos a la prestación laboral, se implanta con la nueva categoría de empresas

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